La Dirección de Desarrollo Comunitario

Depende del Alcalde a través del o la Administrador/a Municipal y estará a cargo de una o un Director Social.

Dependerán de la Dirección de Desarrollo Comunitario las Subdirecciones de Servicios Sociales, de Participación Ciudadana, de Desarrollo Social, de Desarrollo Económico Local, de Deportes y Recreación y de Cultura.

OBJETIVOS
El objeto de la Dirección de Desarrollo Comunitario es asesorar al Alcalde y al concejo en la promoción del desarrollo comunitario, en los ámbitos social, económico, cultural y deportivo, considerando especialmente la integración y participación de los residentes de la comuna.

FUNCIONES

A la Dirección de Desarrollo Comunitario le corresponderán las siguientes funciones generales:

a) Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal en materias relacionadas con la promoción y fortalecimiento del desarrollo comunitario, entregando los antecedentes técnicos y estratégicos necesarios para la toma de decisiones.

b) Brindar asesoría técnica y acompañamiento permanente a las organizaciones comunitarias, fomentando su fortalecimiento, participación y vinculación activa con la gestión municipal.

c) Proponer, coordinar y ejecutar, cuando corresponda, programas, proyectos y acciones orientadas a materializar políticas y medidas en las áreas de asistencia social, salud pública, protección ambiental, educación, cultura, capacitación laboral, deporte y recreación, promoción del empleo, fomento productivo y turismo, asegurando su adecuada articulación con las demás unidades municipales.

CONTACTO

Correo Electrónico

ncossio@munilosandes.cl

Teléfono

+56 34250 7800

Horario Atención Público

Lunes a Viernes

08:00 am – 13:30 pm

SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS SOCIALES

La Subdirección de Servicios Sociales, a través de sus Unidades de Protección Social, Estratificación Social, Subsidios y Becas, tiene por objetivo contribuir a la satisfacción de las necesidades básicas y urgentes de los residentes de la comuna de Los Andes, así como administrar los programas y beneficios sociales financiados por el Estado.

Para el cumplimiento de su objetivo, le corresponderá ejercer las siguientes funciones específicas:

a) Atender, orientar e inscribir a los postulantes a los subsidios fiscales cuya administración ha sido delegada a los municipios conforme a la Ley N° 18.020, Ley N° 18.611, Decreto Ley N° 869 y Ley N° 18.778, tales como subsidio maternal, subsidio al recién nacido, subsidio familiar, subsidio familiar a la madre, pensiones asistenciales y subsidio de agua potable, manteniendo debidamente archivados y resguardados los antecedentes físicos y digitales correspondientes.

b) Atender y brindar asistencia transitoria ante situaciones de emergencia o necesidad manifiesta que afecten a personas o familias de la comuna, coordinando acciones con instituciones públicas o privadas para la canalización de ayuda social en beneficio de la comunidad.

c) Evaluar objetivamente las solicitudes de subsidios y beneficios sociales mediante los instrumentos de focalización o medición de vulnerabilidad definidos por el Estado, tanto en los programas administrados por el municipio como en los ministeriales, especialmente los de vivienda, gestionando las coordinaciones interinstitucionales necesarias.

d) Seleccionar mensualmente a los postulantes a subsidios fiscales conforme a un sistema de priorización basado en puntajes de vulnerabilidad, asegurando la focalización efectiva de los recursos hacia los grupos de menores ingresos.

e) Conformar y mantener actualizados los registros computacionales de beneficiarios y postulantes en lista de espera, asegurando la integridad y trazabilidad de los datos.

f) Mantener sistemas informáticos de control y seguimiento que permitan una gestión eficiente del proceso de postulación, demanda y ejecución de encuestas sociales en terreno.

g) Realizar estudios muéstrales y sectoriales que contribuyan a la elaboración de diagnósticos y al fortalecimiento de la planificación social comunal.

h) Emitir informes estadísticos y de gestión, tanto para el seguimiento interno de la Subdirección como para el apoyo a otras unidades o departamentos de la Dirección de Desarrollo Comunitario que los requieran.

i) Crear y mantener un Banco Comunal de Datos Sociales, consolidando información empírica proveniente de fuentes censales, muéstrales y administrativas, con el fin de apoyar la toma de decisiones en políticas sociales comunales.

SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y PROGRAMAS

La Subdirección de Desarrollo Social y Programas, a través de sus oficinas y unidades dependientes —entre ellas Organizaciones Comunitarias, Infancia, Juventud, Mujer, Adulto Mayor, Antidiscriminación, Discapacidad, Pueblos Originarios y Programas Externos (como Oficina de Protección de Derechos, Registro Social de Hogares, Vínculo, Chile Crece Contigo, Habitabilidad, Noche Digna, SENDA, Seguridad y Oportunidades y Residencia Estudiantil)— tiene por finalidad promover el desarrollo humano, social y comunitario de los habitantes de la comuna de Los Andes, mediante la gestión, ejecución y coordinación de programas, proyectos y políticas sociales integrales.

Funciones Generales

La Subdirección deberá cumplir las siguientes funciones específicas:

a) Promover y fortalecer la formación, constitución y desarrollo de todo tipo de organizaciones comunitarias, sean estas territoriales o funcionales, mediante la orientación y apoyo técnico proporcionado por la Oficina de Organizaciones Comunitarias.

b) Diseñar, impulsar y ejecutar políticas y programas destinados a la promoción, protección y difusión de los derechos sociales, económicos y culturales de las personas y grupos en situación de vulnerabilidad.

c) Apoyar a las organizaciones representativas de grupos o minorías especiales, fomentando su participación activa en la vida social y comunal.

d) Impulsar campañas y acciones de sensibilización social orientadas a prevenir y eliminar toda forma de discriminación, promoviendo la igualdad de derechos y oportunidades.

e) Diseñar e implementar estrategias intersectoriales que aseguren el acceso de niños y niñas a una atención integral, en el marco de los programas de protección a la infancia.

f) Proponer y ejecutar planes y programas dirigidos al mejoramiento de la calidad de vida de las personas mayores, fortaleciendo su integración social, autonomía y bienestar.

g) Fomentar la participación activa, equitativa y organizada de las mujeres, promoviendo su inclusión plena en todos los ámbitos del desarrollo social, económico y cultural comunal.

h) Desarrollar y promover programas de participación juvenil, fortaleciendo el liderazgo, la innovación y la participación cívica de los jóvenes.

i) Diseñar y ejecutar políticas de inclusión e integración social para personas con discapacidad, coordinando acciones con instituciones públicas y privadas.

j) Brindar atención y apoyo terapéutico especializado en casos de violencia intrafamiliar, coordinando acciones con las entidades competentes en materia de protección y seguridad social.

OFICINA DE TURISMO

De la Subdirección de Desarrollo Social y Programas dependerá la Oficina de Turismo, cuya misión será:

“Aportar al desarrollo económico, social y cultural de la comuna de Los Andes, fomentando y consolidando un modelo de turismo sustentable, coordinando el accionar municipal con los sectores público y privado, e implementando iniciativas que impulsen el turismo interno y receptivo bajo estándares de calidad y sostenibilidad”.

Funciones Específicas

  1. Formular y ejecutar el Plan de Desarrollo Turístico Comunal, en concordancia con la Ley de Turismo, la Estrategia Regional de Desarrollo y el Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO).

  2. Mantener un sistema integral de información turística, que incorpore centros de atención e interpretación, material gráfico, sitio web y señalética territorial.

  3. Fomentar la protección y puesta en valor del patrimonio material e inmaterial de la comuna.

  4. Impulsar y promover la actividad artesanal local, favoreciendo la creación de productos identitarios con proyección en el turismo nacional e internacional.

  5. Gestionar y promover el desarrollo de infraestructura urbana y rural que contribuya al fortalecimiento del turismo sustentable.

  6. Establecer alianzas estratégicas con organismos públicos y privados para el fomento de la actividad turística.

  7. Fomentar redes y circuitos turísticos integrados en el Valle de Aconcagua y la Región de Valparaíso, potenciando la colaboración intercomunal.

  8. Promover programas de capacitación y formación para los actores del sector turismo, con el fin de elevar la calidad y competitividad del servicio.

UNIDAD DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL

Dependerá también de la Subdirección la Unidad de Desarrollo Económico Local, con sus unidades de Fomento Productivo, Intermediación Laboral y Emprendimiento. Su objetivo será impulsar el desarrollo económico de la comuna mediante planes y programas de apoyo a la inversión pública y privada, el fomento productivo y la generación de empleo, en coordinación con las instituciones públicas y privadas vinculadas al ámbito productivo y laboral.

Funciones Específicas

a) Elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos orientados al fomento de la inversión y el empleo, fortaleciendo el desarrollo económico local.

b) Promover la inversión productiva, tanto privada como estatal, facilitando las condiciones y coordinaciones necesarias para atraer iniciativas empresariales de interés comunal.

c) Establecer vínculos de colaboración y coordinación con organizaciones e instituciones públicas y privadas, responsables del desarrollo económico y la promoción del empleo.

d) Fomentar políticas y programas de empleo digno y sostenible, promoviendo la mejora continua de las condiciones laborales en la comuna.

e) Diseñar, ejecutar y evaluar programas de capacitación y reconversión laboral, orientados a personas cesantes, desocupadas o con discapacidad, potenciando su inserción en el mercado laboral.

f) Coordinar actividades y proyectos de cooperación interinstitucional que fortalezcan la formación, capacitación y empleabilidad de los habitantes de la comuna.