DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES
Depende del Alcalde a través del o la Administrador/a Municipal y estará a cargo de una o un Director de Obras Municipales. Lo anterior, sin perjuicio de que técnicamente, en lo referente a la aplicación de la Ley General de Urbanismo y construcciones y la Ordenanza General, la actuación del Director de Obras Municipales se supedita al Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Dependerán de la Dirección de Obras Municipales las subunidades de Catastro y Documentación; Edificación, Urbanización y Permisos de Construcción y Inspección de Obras.

OBJETIVO
La Dirección de Obras Municipales tendrá como objetivo Velar por el armónico desarrollo urbano de la comuna y por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan el uso del suelo y las edificaciones en el territorio comunal.

CONTACTO

Correo Electrónico

contacto.dom@munilosandes.cl

Teléfono

+56 34250 7770

Horario Atención Público

Lunes a Viernes

08:30 a 13:30 hrs.

Ingreso de Expedientes

08:30 a 12:00 hrs.

La Dirección de Obras Municipales tendrá por función general velar por el cumplimiento de las disposiciones del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto tendrá las siguientes atribuciones específicas:

a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del plan regulador comunal y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
1. Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbanorurales;
2. Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcción;
3. Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior;
4. Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción, y
5. Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso.

b) Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan;
c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización;
d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna;
e) Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural;
f) Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros, y
g) En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna
h) Actuar en coordinación con el Departamento de Rentas Municipales, en materias de procedimiento de otorgamiento de patentes comerciales.
i) Actuar en coordinación con la Oficina de la Vivienda, en materias de proyectos financiados por SERVIU.